The Fort Worth Press - El retorno de 1.500 menores desde Ceuta exige expedientes individuales y garantías legales

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El retorno de 1.500 menores desde Ceuta exige expedientes individuales y garantías legales
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El retorno de 1.500 menores desde Ceuta exige expedientes individuales y garantías legales

La legislación española y el acuerdo bilateral con Marruecos permiten repatriaciones, pero obligan a estudiar cada caso y a priorizar el interés superior del menor.

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El Gobierno pretende devolver a Marruecos a las personas que entraron irregularmente en Ceuta, pero el caso de los aproximadamente 1.500 menores que permanecen en la ciudad autónoma está sujeto a un procedimiento específico. Los ministros de Interior y Exteriores han condicionado los retornos al cumplimiento de la ley tras haber prometido al inicio de la crisis la devolución de todas las personas que hubieran accedido de manera ilegal.

La normativa admite la repatriación de menores no acompañados, aunque no de forma inmediata ni colectiva. El principio rector es el interés superior del menor, recogido en la Convención sobre los Derechos del Niño y aplicable a todas las decisiones que les afecten. En España, el procedimiento está regulado principalmente por el artículo 35 de la Ley Orgánica 4/2000 de derechos y libertades de los extranjeros.

Cada menor debe ser identificado y, si la edad no está acreditada, las autoridades deben determinarla. Después se necesita información sobre su entorno familiar y la cooperación del país de origen. Sira Rego, ministra de Juventud e Infancia, indicó el jueves que la Fiscalía de Menores ha remitido a Marruecos 600 expedientes de jóvenes que llegaron antes del 30 de julio para verificar su situación familiar y que todavía no han recibido respuesta.

Cuando llega esa información puede comenzar el procedimiento de repatriación. El menor debe ser escuchado si tiene suficiente juicio, y son necesarios informes de los servicios de protección y del Ministerio Fiscal. El retorno solo puede aprobarse cuando la reunificación familiar o la entrega a los servicios de protección del país de origen garantice el interés superior del menor.

España y Marruecos firmaron en 2007 un acuerdo sobre prevención de la emigración irregular de menores no acompañados, protección y retorno concertado, vigente desde 2012. El texto compromete a las autoridades marroquíes a recopilar y entregar documentación y establece que ambos países deben acordar previamente qué menores pueden regresar y cuántos.

El precedente de 2021 condiciona la actuación actual. Salvadora Mateos, entonces delegada del Gobierno en Ceuta por el PSOE, y María Isabel Deu, exvicepresidenta de la ciudad por el PP, fueron condenadas a nueve años de inhabilitación por prevaricación administrativa después de devolver a 55 menores sin seguir el procedimiento legal.

En aquella crisis entraron en Ceuta unas 15.000 personas y alrededor de 1.200 fueron registradas como menores. La sentencia concluyó que ambas responsables acordaron acelerar las devoluciones sin ajustarse al acuerdo de 2007, a la legislación española, al derecho internacional ni a la Convención sobre los Derechos del Niño. Los 55 traslados se efectuaron entre el 13 y el 16 de agosto de 2021.

El PP reclama ahora retornos rápidos y destaca que la Unión Europea considera a Marruecos un país seguro. Esa clasificación afecta especialmente a las solicitudes de asilo, pero no elimina las garantías reforzadas aplicables a menores. La necesidad de expedientes individuales y de cooperación marroquí impide establecer una devolución automática.

P.Grant--TFWP